jueves, 13 de febrero de 2014

BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES 2014-15







 RESOLUCIÓN RECTORAL DE 7 DE FEBRERO DE 2014 DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA   DE  MADRID,  POR  LA  QUE  SE  HACE  PÚBLICA  LA CONVOCATORIA   DE "BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES  DE GRADO. SANTANDER  UNIVERSIDADES" DEL CURSO ACADÉMICO  2014/2015.




La Universidad  Politécnica de Madrid en aras a contribuir al progreso científico y a la cooperación  entre universidades  forma parte de el Programa "Becas lberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades".

Con dicho Programa se pretende seguir reforzando la movilidad e intercambio de estudiantes entre universidades  iberoamericanas  y es fruto del compromiso  asumido por  Banco  Santander   en  el  Segundo   Encuentro   Internacional  de   Rectores  de Universia, Guadalajara que se celebró en México en el año 201O.

Por lo expuesto, DISPONGO:
Ordenar      la    publicación    de    la    convocatoria    del    Programa    "BECAS IBEROAMÉRICA.                    ESTUDIANTES        DE        GRADO.        SANTANDER UNIVERSIDADES" durante el curso académico  2014/2015, que se regirá por las siguientes:



BASES DE LA CONVOCATORIA



1. OBJETO  DE LAS BECAS

Estas becas tienen por objeto fomentar la movilidad  internacional de estudiantes de grado con el fin de realizar estudios en universidades  iberoamericanas  con las que la UPM tenga establecido un convenio internacional para el intercambio académico de estudiantes.

2. NÚMERO Y DOTACIÓN DE LAS BECAS

Se convocan  veinticinco becas, dotadas  con tres mil euros (3.000 €) cada una. Su importe se destinará a ayudar a sufragar los costes de desplazamiento, manutención y alojamiento.  El  importe  del  seguro  especial  asociado  a  la  beca  será  de  97€  por estudiante  y por seis meses de cobertura y 138 por doce meses de cobertura y se descontará obligatoriamente del importe total de la beca.


Estas becas se adjudicarán a cualquiera de las Universidades que figuran en la lista y que tenga convenio con el Centro correspondiente.

(Ver anexo  lista  de países y universidades solicitantes)

3. SOLICITANTES

Podrán solicitar estas becas los estudiantes universitarios matriculados oficialmente en la Universidad  Politécnica de Madrid, que se hallen cursando estudios conducentes  a la obtención de un título oficial de grado, ingeniero, arquitecto, ingeniero  técnico, arquitecto técnico, y con el fin de realizar estudios en alguna de las universidades iberoamericanas  y países con convenio con el Santander.  La lista de dichas universidades y países puede consultarse en:
http.//www.upm es/instituclonai/Estudiantes/BecasAyudasPren1ios/Becas/Becas  Movili dad


4. SOLICITUDES

4.1 Forma  de solicitud

Las solicitudes se completarán on-line en la siguiente dirección web a partir del 3 de febrero:


Los estudiantes  interesados  deberán rellenar  y enviar la solicitud on-line, imprimirla, firmarla y presentarla en el Registro General de la Universidad Politécnica  de Madrid o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones  blicas y del Procedimiento Administrativo Común, para confirmar de forma efectiva su participación.

Los estudiantes interesados deberán dirigir la solicitud debidamente registrada a: Programa Becas lberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades. (Ref.: Becas lberoamérica.  Att: Dolores Lozano)
Universidad Politécnica de Madrid
Paseo Juan XXIII, 11-28040 Madrid
El Registro General del Rectorado B se encuentra en: Paseo Juan XXIII, 11
Horario: de 9:00 ha 14:00 h

4.2 Documentación

Las solicitudes contendrán los siguientes documentos:

    Fotocopia del DNI, o en su caso tarjeta de residencia en vigor.
    Justificante de admisión en la universidad de destino.
    Fotocopia del impreso de matrícula.
    Carta de motivación en la que el estudiante exponga  brevemente  las razones de la solicitud y de los estudios que desean realizar en las universidades solicitadas, así como las fechas de inicio y finalización de la estancia.
    Currículum vitae con una fotografía reciente (una sola página).

4.3 Plazo

Presentación de solicitudes hasta el 28 de febrero  a las 14 h.



5. PROCESO DE SELECCIÓN

5.1 Comisión de selección

Los becarios serán seleccionados por una Comisión de la UPM compuesta por:

    El Vicerrector de Relaciones Internacionales, que actuará como Presidente.
    El Adjunto al Vicerrector de Relaciones Internacionales.
    Los responsables de Relaciones Internacionales de aquellos Centros para los que hubiere candidatos.
    La Jefa de Servicio de Relaciones Internacionales de este Vicerrectorado, que actuará como Secretaria, con voz y sin voto.

5.2 Procedimiento de selección

5.2.1   Los  becarios   serán   seleccionados   por   la   Comisión   de   Selección establecida al efecto en la base 5.1. Se podrá establecer una lista priorizada de reserva para el caso de que alguno de los seleccionados no pudiera por causas personales disfrutar de la beca.

5.2.2 La propuesta de concesión de las becas será elevada al Rector que sancionará la propuesta de becarios efectuada por la Comisión de Selección, ordenando su publicación en la web de la UPM.

5.2.3 Corresponde al Vicerrector de Relaciones Internacionales de la UPM proponer, en su caso, la designación de expertos que asesoren a la Comisión y resolver las cuestiones derivadas del proceso de selección.

5.3 Criterios de selección

Será facultad de la Comisión de Selección determinar discrecionalmente los criterios de selección, que atenderán a razones de expediente académico, adecuación del estudiante al perfil de la plaza, distribución equitativa  por Escuelas  y Facultad, asi como cualesquiera otros aspectos que esta comisión determine.

Estos criterios, una vez establecidos por la Comisión de Selección, se aplicarán  en términos de equidad.


6. RÉGIMEN DE DISFRUTE Y JUSTIFICACIÓN DE LAS BECAS

6.1 Obligaciones

    Formalizar la aceptación definitiva de la beca tras la admisión del estudiante por la universidad de destino, mediante la firma del documento de aceptación de beca. El incumplimiento por parte del estudiante de este trámite implicará la renuncia expresa a la beca de movilidad.
    Realizar los trámites, antes de la partida al país de destino, necesarios para la obtención de los visados que se requieran para la entrada y/o estancia en los

países que así lo exijan, así como realizar cualquier otro trámite administrativo requerido.
    Incorporarse a su centro de destino en la fecha establecida.
              Reintegrar en caso de renuncia total o parcial, ausencia temporal o disminución del período de beca los fondos correspondientes.
    Cumplimentar  y presentar  cualesquiera  documentos  oficiales que en relación con su beca le fueran requeridos por la UPM o por la universidad de destino en los plazos que en cada caso se señalen.


6.2 Justificación de realización de los estudios

A su regreso a España al final de su estancia, deberá presentar en el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales  certificación acreditativa del aprovechamiento académico emitido por la universidad de destino, debidamente formalizado.



6.3 Pago

6.3.1 Cuantía

La cuantía de la ayuda económica  es de tres mil euros (3.000 ) por estudiante.  Esta cantidad está ajustada para estancias mínimas de un semestre, aunque el estudiante puede realizar estancias de dos semestres. El segundo semestre no se financia.

El abono del importe  de la beca  al beneficiario  final se realizará  por la universidad, mediante transferencia bancaria  a la cuenta abierta a nombre del beneficiario en una oficina del Banco Santander.

6.3.2. Plazos  de abono

Las ayudas financieras se abonarán en tres plazos:

El primero de mil seiscientos euros (1.600 €) antes de la partida.
El segundo de setecientos euros (700 €)  después de la llegada a la Universidad de destino, previo envío al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales del certificado de incorporación  a la Universidad de destino.
El tercero de setecientos euros (700 €) a su vuelta, tras la entrega del certificado acreditativo del aprovechamiento académico.

6.4 Incumplimientos

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta convocatoria  dará lugar a la pérdida de la condición de becario  y a la obligación de reintegro  de la beca, que se exigirá   conforme   a   la   legislación   general   de   subvenciones   aplicable   en   esta Universidad. Si el incumplimiento  fuere por causas imputables al interesado podrá, además, ser  tenido  en  cuenta  para  excluirle  en futuras  convocatorias  de  becas  o ayudas convocadas por la UPM.

7. CONTRATO DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO  ACADÉMICO

El período  de  estudios  en  el extranjero  deberá  constituir  una  parte  integrante  del programa de estudios en la Universidad  Politécnica de Madrid; es decir, el Centro de origen se comprometerá a reconocer que el período de estudios realizado en el Centro de acogida (incluidos los exámenes  u otras formas de evaluación)  reemplazará  a un período de estudios comparable en el Centro de origen.

A tal efecto,  con  anterioridad  a la incorporación  del estudiante  a la Universidad  de acogida,  el  alumno  deberá  elaborar,  junto  con  el  coordinador  internacional  de  su Centro, un Contrato de Estudios o Learning Agreement.



8. MATRÍCULA

El alumno debe de abonar su matrícula en el Centro de la Universidad  Politécnica de Madrid en las fechas establecidas en las respectivas Secretarías e inscribirse y matricularse en la Universidad de acogida de acuerdo con las normas allí establecidas. La  matrícula  en  la  UPM  debe  coincidir  con  las  asignaturas  que  se reflejan  en el Contrato de Estudios y en sus modificaciones. Se reconocerán sólo los estudios de los que previamente se haya matriculado y que figuren en el Contrato de Estudios.

El alumno podrá matricularse  de otras asignaturas  que no figuren en el Contrato de Estudios (asignaturas suspendidas,  virtuales, a distancia, etc.), de las que podrá examinarse en la UPM en las convocatorias que existan.



9. FACULTADES DE INTERPRETACIÓN Y DESARROLLO

Corresponde  al Vicerrector de Relaciones Internacionales la facultad de resolver, en el ámbito de sus competencias, cuantas cuestiones se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, elevando a este Rectorado, si fuera preciso, propuesta de actuación en otro caso.


1O. RECURSOS

Esta convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes al amparo de los art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, por quien ostente un interés directo, personal y legítimo, entendiéndose  en caso contrario aceptada a todos los efectos por quienes presenten solicitudes de beca.

Asimismo,   contra  la  resolución  del  procedimiento   de  concesión  cabe  interponer recurso ante el Juzgado  de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación.



Madrid, a 7 de febrero de 2014
EL RECTOR,

Carlos Conde Lázaro

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